Noticias - Artículos

Inicio

 


Viernes 3 de septiembre de 1920 p.1
¿Votarán las mujeres portorriqueñas en el próximo mes de Noviembre?
__________________________


La interpretación que han dado algunos juristas a la enmienda 19 de la Constitución de los Estados en lo que se relaciona con el voto de la mujer portorriqueña, presupone que éstas, de acuerdo con el contenido de esas opiniones, tendrán legalmente derecho al voto ni más menos que lo tienen las mujeres de los Estados Unidos, por virtud de La enmienda 19.

Con este motivo, la señora Jenara Pagán, afiliada a la "Federación Libre", ha presentado una reclamación legal ante la Junta Local de Inscripciones, por intermedio de su abogado, Leopoldo Feliú, para exigir el derecho electoral. La señora Pagán obra de acuerdo con las resoluciones del primer Congreso de las trabajadoras de Puerto Rico, verificado en esta ciudad los días 14 y 15 del pasado mes de diciembre.

LO QUE DICE LA PETICIONARIA

Dice la señora Pagán que tiene 30 años de edad, es ciudadana americana, ha residido en San Juan por espacio de diez años y que nunca ha sido convicta de un delito de "felony", ni electoral, ni está incapacitada judicialmente, ni vive de la caridad pública. Agrega que no está asilada en ninguna institución de beneficencia pública, por lo cual solicita que se la inscriba corno electora, con todos los derechos y obligaciones que establece la ley electoral vigente.

LA ENMIENDA 19 LE DA DERECHO AI VOTO

"Solicito que se me inscriba inmediatamente,—dice la señora Pagán,-—en virtud de las disposiciones de la enmienda 19 de la Constitución de los Estados Unidos, sección primera, que dispone que el derecho de los ciudadanos de los Estados Unidos a votar, no será negado ni afectado y restringido por los Estados Unidos ni por ningún Estado, por razón de sexo.

EL PROPÓSITO DE LA PETICIONARIA ES VOTAR EN NOVIEMBRE

"Hago constar, además, que es mi intención — dice la señora Pagán—votar en las elecciones que se han de celebrar en Puerto Rico en noviembre, y solicito, por lo tanto, que se me inscriba, como tal electora."

EL FINAL DE LA RECLAMACIÓN

El abogado, don Leopoldo Feliú, puso al final de la reclamación las palabras que signen:

"Suscrita y jurada ante mi por Jenara Pagán de Arce, mayor de edad, casada, obrera y representante de "The American Federation of Labor", la cual me es personalmente conocida en San Juan de Puerto Rico, a primero de setiembre de 1920."'

LA LABOR DEL CONGRESO DE LA MUJER OBRERA

Como recordarán nuestros lectores por la información que en aquella, ocasión publicamos nosotros, el Congreso de la Mujer Obrera, celebrado el año último, acordó, entre otras cosas defender en Puerto Rico el derecho electoral de la mujer. Como quiera que el gobierno de los Estados Unidos ha concedido, por medio de una enmienda a la Constitución, el derecho al voto a todas las ciudadanas americanas, el Congreso, reunido en sesión, decidió iniciar un procedimiento legal con el propósito de definir el "status" de la mujer en lo relativo al voto electoral.

SEGÚN UN PROMINENTE ABOGADO, LAS MUJERES DE PUERTO RICO PODRÁN VOTAR EN LAS ELECCIONES DE NOVIEMBRE.

Un distinguido abogado de San Juan nos hizo ayer las siguientes declaraciones:

—Creo que las mujeres portorriqueñas tienen perfecto derecho a emitir su voto en las elecciones de noviembre, por cuanto están amparadas por la enmienda 19, que expresa claramente y fuera de toda duda, que las ciudadanas americanas, en virtud de esa enmienda, podrán votar en las elecciones venideras, investidas de los mismos deberes que los hombres y con idénticos derechos de elegir sus candidatos a la Cámara, al Senado, a la presidencia de la República, y otros cargos de votación popular.

Por ser portorriqueñas ciudadanas americanas, naturalmente que las cobijan los derechos de la enmienda 19.

.