‘Académica’ opinión Justicia ante deslinde

11 de enero de 2008
Por: Maricelis Rivera Santos
El Vocero

La controversia de Paseo Caribe se hubiera evitado inclusive, sin tener que acudir al Departamento de Justicia, si tres pasados secretarios del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) hubieran aplicado el Reglamento de Zona Costanera de 1991, opinó el planificador Félix Aponte.

Aponte, quien fue citado por fiscales de Justicia previo a que el secretario Roberto Sánchez Ramos emitiera la Opinión de que parte de los terrenos donde se erige la construcción son de dominio público, declaró que el DRNA lo que debió hacer fue un deslinde de la zona marítimo terrestre.

El reglamento establece que el deslinde requiere un examen de los documentos históricos de mapas oficiales que obran en el propio DRNA, fotos, perforaciones y testimonios orales.

"Se tenía que haber seguido el reglamento porque había razonamiento de peso de que se tenía que hacer un deslinde y con eso técnicamente no tenían que ir a pedir una opinión de Justicia", subrayó Aponte.

El profesor de la Escuela de Planificación de la Universidad de Puerto Rico indicó que explicó a los fiscales que la Opinión anterior –de octubre del 2002 de esa dependencia– estaba errada porque le aplicaron a la Laguna del Condado el concepto de puerto de la Ley de Puertos y Murallas de 1968. "Eso fue un error porque esa zona geográfica no era parte del Puerto de San Juan", precisó Aponte.

El planificador hizo un estudio de la zona con mapas oficiales de la División de Tierras Públicas del Departamento de lo Interior desde 1906 y unos mapas del Cuerpo de Ingenieros de la Bahía de San Juan con datos de campo de 1899 y 1903, que fue publicado en el 1911. Asimismo, utilizó el Mapa de Suelo de Puerto Rico de 1936 y el de 1956.

Según el ex miembro de la Junta de Planificación, todos esos documentos demuestran que lo que se conocía en 1899 como la Bahía del Condado no fue parte de la Bahía de San Juan porque era físicamente independiente.

Dijo que aún cuando se rellenaron los mangles para las instalaciones de la reserva militar y se construyeron los canales de San Fernando para conectar las dos bahías, la Bahía del Condado seguía abierta y con salida al mar. No fue hasta poco antes de 1936 que se construye el puente Dos Hermanos que se obstruye su canal de navegación hasta el mar, que se le empieza a llamar laguna.

"Estuve como cinco o seis horas con los fiscales de Justicia dialogando y explicándoles que una cosa era la Bahía del Condado y otra cosa es el Puerto… No toda la Bahía de San Juan era puerto como pasa con Mayagüez que es una bahía enorme y todo es puerto", expresó Aponte.

Aseveró que definir qué era bahía, laguna y puerto era de cardinal importancia porque eso establece su jurisdicción legal. Aseguró que lo que no era parte del Puerto de San Juan, son bienes de dominio público.

"La opinión de Justicia (2002) estaba montada en que la Bahía del Condado era puerto y le aplicaba a la Ley de Puertos", sostuvo.

Mencionó que los puertos eran manejados por Obras Públicas que muchas veces le daba el mismo rol a los bienes patrimoniales que a los de dominio público, situación que se resolvió con la creación en el 1972 del DRNA que asumió jurisdicción de esos bienes de dominio público.

"Aún así, eso no cambia el carácter legal de dominio público… La Administración de Fomento Económico no podía designar esos terrenos como puerto arbitrariamente y venderlos como se hizo", explicó.

Puntualizó que a raíz de que el DRNA adoptó la Ley federal de Zona Costanera con un enfoque de conservación y de la implantación del Reglamento del mismo nombre en 1991, no se podían vender los terrenos de dominio público al Hilton y la cadena, a su vez, a Arturo Madero.

"El hecho de que se hizo, no implica que nadie gana derechos", aseguró.

Aponte mencionó que si el DRNA hubiera estudiado los mapas históricos con un deslinde se hubiera percatado de que no podían endosar el proyecto a Madero. Ello porque los hoteles, residencias y comercios no cumplen con los requisitos del reglamento para los bienes de dominio público que exigen que la actividad a aprobarse por concesión sea relativa al uso dependiente al mar y de interés público.

Recalcó que aún cuando los militares rellenaron predios, desde el principio tenían la intención de proteger el Fortín de San Jerónimo y la Primera Línea de Defensa del Islote de San Juan construido por los españoles en 1880 y que hasta solicitaron permiso para la acción, lo cual no hubiera sido necesario si no hubieran sido terrenos de dominio público.

Argumentó que no había problemas con el Caribe Hilton, construido entre 1947 y 1948 porque era público, pero que la transacción en que el Gobierno vendió la propiedad es totalmente ilegítima e igualmente la venta a Madero.